Ir al contenido principal
NUEVO Didit KYC Verificación de identidad ya disponible: verifica firmantes con documento oficial e identidad biométrica para firmas avanzadas eIDAS Más información
Legal y cumplimiento 8 min de lectura

Guía eIDAS: firmas electrónicas en la UE

Entiende el Reglamento eIDAS: el marco de la UE para identificación electrónica y servicios de confianza. Niveles SES, AES y QES.

Si tu negocio opera en o con la Unión Europea, el Reglamento eIDAS es el marco legal que rige tus firmas electrónicas. Esta guía explica los tres niveles de firma, los requisitos de cumplimiento y qué implica para tu empresa.

¿Qué es eIDAS?

eIDAS (identificación electrónica y servicios de confianza) es el Reglamento (UE) 910/2014, en vigor desde el 1 de julio de 2016. Sustituyó a la Directiva de firmas electrónicas (1999/93/CE) y estableció:

  • Un marco legal unificado para firmas, sellos y sellos de tiempo electrónicos
  • Tres niveles de firma electrónica con seguridad creciente
  • Reconocimiento transfronterizo de la identificación electrónica entre estados miembros
  • Normas para prestadores de servicios de confianza (PSC)

A diferencia de una directiva, eIDAS es un reglamento: aplica de forma directa y uniforme en los 27 estados miembros.

Los tres niveles de firma electrónica

Nivel 1: Firma electrónica simple (SES)

El nivel más básico, sin requisitos técnicos específicos.

Ejemplos: escribir el nombre en un campo, pulsar «Acepto», dibujar la firma con el dedo o pegar una imagen escaneada.

Estatus legal: admisible como prueba, pero no equivale automáticamente a una firma manuscrita. Un tribunal puede exigir pruebas adicionales.

Casos de uso: contratos de bajo valor, aprobaciones internas, aceptación de términos y acuerdos cotidianos.

Nivel 2: Firma electrónica avanzada (AES)

Debe cumplir cuatro requisitos (artículo 26):

  1. Estar vinculada de forma única al firmante
  2. Permitir identificar al firmante
  3. Crearse con datos bajo el control exclusivo del firmante
  4. Estar vinculada a los datos firmados de modo que se detecte cualquier cambio posterior

Estatus legal: mayor valor probatorio que la SES. No puede denegarse su efecto legal solo por ser electrónica.

Casos de uso: contratos B2B, contratos laborales, acuerdos con proveedores y operaciones con mayor exigencia.

Nivel 3: Firma electrónica cualificada (QES)

El estándar de oro. Una AES que además:

  • Se crea con un dispositivo cualificado de creación de firma (QSCD)
  • Se basa en un certificado cualificado emitido por un prestador cualificado de servicios de confianza (QTSP)

Estatus legal: tiene el mismo efecto legal que una firma manuscrita en todos los estados miembros (artículo 25.2). Es el único tipo con reconocimiento transfronterizo automático.

Casos de uso: operaciones inmobiliarias, servicios financieros regulados, actos notariales y contratos de alto valor.

Comparación: SES vs. AES vs. QES

CaracterísticaSESAESQES
Requisitos técnicosNinguno4 requisitosAES + QSCD + certificado cualificado
Verificación de identidadNo obligatoriaSí, por QTSP
Efecto legalPrueba admisibleNo se puede denegar el efectoIgual a firma manuscrita
Reconocimiento transfronterizoNo automáticoNo automáticoAutomático en la UE
Coste/complejidadBajoMedioAlto

Servicios de confianza bajo eIDAS

ServicioFinalidad
Sellos electrónicosPara organizaciones (como un sello de empresa)
Sellos de tiempo electrónicosProbar que un documento existía en un momento concreto
Entrega electrónicaEnvío y recepción certificados de documentos
Autenticación de sitios webCertificados de identidad del sitio

Los servicios cualificados figuran en la Lista de confianza de la UE, mantenida por cada estado miembro.

eIDAS 2.0 (actualización 2024)

La UE está desplegando eIDAS 2.0 (Reglamento 2024/1183), que introduce:

  • Cartera de identidad digital de la UE — acceso a una wallet de identidad digital para cada ciudadano
  • Firmas cualificadas remotas — acceso más fácil a QES vía wallets móviles
  • Atestación electrónica de atributos — credenciales verificables (títulos, licencias, etc.)
  • Marco de confianza actualizado — nuevos requisitos para prestadores de servicios

Se espera que eIDAS 2.0 aumente la adopción de QES al hacerlas más accesibles.

Cómo WPsigner apoya el cumplimiento eIDAS

  • Capacidad SES — Escribir, dibujar o pulsar para firmar
  • Pistas de auditoría — Marcas de tiempo, IP y hashes del documento
  • Autoalojado — Mantén los datos en tu jurisdicción para RGPD y eIDAS
  • Sin exportación de datos — Los documentos no salen de tu servidor
  • Detección de manipulación — Los documentos firmados incluyen hashes de integridad

Para operaciones que exijan AES o QES, WPsigner puede combinarse con prestadores cualificados de servicios de confianza.

Empieza con WPsigner →

Preguntas frecuentes

¿Qué es eIDAS?

eIDAS (identificación electrónica y servicios de confianza) es un reglamento de la UE (Reglamento 910/2014) que establece el marco legal para la identificación electrónica y los servicios de confianza en todos los estados miembros. Define tres niveles de firma electrónica (SES, AES, QES), normas para sellos y sellos de tiempo electrónicos, y el reconocimiento transfronterizo dentro de la UE.

¿Cuál es la diferencia entre SES, AES y QES?

SES es cualquier firma electrónica sin requisitos técnicos específicos. AES debe identificar de forma única al firmante, crearse con datos bajo su control exclusivo y detectar cambios posteriores. QES es una AES creada con un dispositivo cualificado y basada en un certificado cualificado: tiene el mismo efecto legal que una firma manuscrita en todos los estados miembros.

¿Aplica eIDAS tras el Brexit?

No: eIDAS ya no aplica directamente en el Reino Unido tras el Brexit (31 de enero de 2020). El Reino Unido tiene su propia normativa (Electronic Communications Act 2000 y UK eIDAS 2019), muy alineada con eIDAS de la UE. Las empresas británicas que operan con la UE deben seguir conociendo los requisitos eIDAS.

¿Necesito QES para todos los contratos en la UE?

No. Para la mayoría de contratos B2B y B2C, SES o AES bastan. La QES solo es obligatoria en operaciones reguladas concretas (ciertas inmobiliarias, actos notariales, documentos financieros específicos). Aun así, ofrece la máxima certeza jurídica y reconocimiento automático en toda la UE.

¿Listo para firmas conformes con eIDAS?

E-firmas autoalojadas con pista de auditoría completa en WordPress.

Ver precios